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Estos activos se caracterizan por sus precios estables, el incremento de su valor con el paso del tiempo y la protección que dan frente a la inflación.

Por Leonardo Núñez

Pese a los esfuerzos de distintos actores económicos, la reactivación del sector inmobiliario aún no llega con la fuerza esperada. La venta de viviendas nuevas en la Región Metropolitana, por ejemplo, cayó un 15% en el tercer trimestre.

Hubo una menor comercialización tanto de casas como de departamentos, sumando poco menos de 6.500 unidades, y la oferta se contrajo, según informe de la Cámara Chilena de la Construcción.

De acuerdo a los expertos, mientras no se impulsen mecanismos que ayuden a reducir el pie de los créditos, la reducción de tasas hipotecarias y ampliar los beneficios tributarios, difícilmente el escenario cambiará en el corto y mediano plazo.

Frente a ello, surgen alternativas como inversión, entre ellos la compra de terrenos. Adquirir un activo de este tipo, en un escenario con el acceso a financiamiento restringido, presenta varias ventajas tanto para particulares como para familias, emprendedores y amantes de la naturaleza.

Lo terrenos se caracterizan por sus precios estables, dan protección frente a la inflación y son el mejor ejemplo de un ingreso pasivo. Esto último porque su valor se incrementa sin necesidad de dedicarles esfuerzo y atención.

“La tierra nunca pierde su valor, sino que aumenta con el tiempo. Ello se debe a varias condiciones, partiendo porque se trata de un producto finito cuya oferta cada vez será más reducida”, señala Camilo González, gerente de Operaciones de la empresa Genau Green, especializada en inversiones sustentables y conservación ambiental.

Ventajas y riesgos

A diferencia de los activos inmuebles residenciales y comerciales, las tierras cuentan con menos costos asociados a sus compraventas y, si no están destinados a uso habitacional, no pagan IVA. Además, son mucho más versátiles, ya que sus posibilidades de uso son múltiples.

“Cuando compras un departamento, tienes sólo dos opciones: lo arriendas o lo ocupas. En un campo la cosa es distinta, ya que puedes construir, puedes desarrollar un proyecto turístico, agrícola, silvícola, gastronómico, puedes utilizarlo bancariamente o sencillamente sentarte a esperar cómo sube su valor debido a cómo se mantienen sus condiciones naturales en el tiempo y se desarrollan más servicios y proyectos cerca del mismo. Esto, aparte de todos los beneficios asociados al goce del campo con fines contemplativos y de salud mental”, agrega González.

Antes de invertir en esta alternativa, es necesario considerar aspectos como el estado y ubicación de los suelos, los proyectos de los terrenos adyacentes, las posibilidades de desarrollo y el precio del metro cuadrado en el sector.

“Si se planea desarrollar, es importante investigar las regulaciones locales y los permisos necesarios antes de comprar. Y si se planea mantenerlo como una inversión a largo plazo, es importante buscar terrenos en áreas con una alta demanda y una buena perspectiva de crecimiento futuro”, recomienda el Grupo Inmobiliario Coterránea, especializado en este rubro.

Además del precio de compra, también se debe considerar los costos de mantenimiento y mejoras del terreno. Es importante asegurarse de tener presupuesto para cubrirlos antes de la adquisición. En ese sentido, se recomienda obtener un seguro de bienes raíces para proteger la inversión en caso de daños o pérdidas inesperadas.

Agotar las instancias de información es otra recomendación imprescindible, tomando en consideración la alta presencia de estafadores vinculados a los denominados loteos irregulares o “brujos”. Así se denomina a las “subdivisiones de terreno que no cuentan con un permiso provisorio o definitivo de la Municipalidad correspondiente”.

En otras palabras, “estos terrenos no poseen delimitaciones claras de calles, tampoco acceso a espacios públicos ni a servicios básicos como: alcantarillado, agua potable, luz, entre otros”.

Los loteos en Chile cumplen con un mínimo de superficie de acuerdo al marco regulatorio vigente. “Son subdivisiones de hecho fuera de los límites urbanos de una superficie inferior a los 5.000 m², que es la superficie predial mínima exigida por la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y el DL 3.516, que establece normas de división de predios rústicos”, indica un reporte de El Diario La Tribuna.

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