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La iniciativa comenzó a gestarse hace dos años en respuesta a la comercialización y subdivisión de terrenos por el éxodo de la ciudad al campo post-pandemia del Covid. Tiene Urgencia Simple.

Por Leonardo Núñez

Empezaron a correr los tiempos para el proyecto de Ley de Protección del Territorio y la Vida Rural, también conocido como “Ley de Parcelaciones”. La iniciativa, tras ser ingresada el pasado 30 de julio por el Ejecutivo a la Cámara De Diputados,  pasó con Urgencia Simple a la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural y a la Comisión de Hacienda del organismo.

Esto implica que el proyecto debe ser conocido y despachado por la respectiva Cámara en un plazo de 30 días, lo cual debiera ocurrir durante las primeras semanas de septiembre. El avance legislativo reactivó las críticas contra el proyecto, el cual comenzó a gestarse hace dos años, en respuesta a la comercialización y subdivisión de terrenos por el éxodo de la ciudad al campo post-pandemia del Covid.

Según indicó el Ministerio de Agricultura, coautor del proyecto junto al Ministerio de la Vivienda,  el propósito del cuerpo normativo es implementar una serie de medidas “para proteger a las personas de estafas o ventas de terrenos donde no se puede construir ni contar con acceso a agua, luz, manejo de residuos domiciliarios y libre tránsito, y de la pérdida de suelo agrícola que garantice la seguridad alimentaria”.

La iniciativa también “busca proteger los suelos agrícolas de la fragmentación, asegurando un uso que favorezca la sostenibilidad de la producción alimentaria y la conservación de recursos naturales y fortalece la fiscalización al incorporar nuevos actores del proceso”.

“Uso de la tierra” v/s “buenas prácticas”

Juan Enrique González, doctor en proyectos arquitectónicos y socio de Valor Raíz, es uno de los actores de la sociedad civil que critica la serie de modificaciones del nuevo cuerpo legal. “Propone establecer condiciones específicas para los conjuntos habitacionales rurales, exigiendo que un 70% del predio se destine a fines agrícolas o a conservación ambiental. A primera vista, podría parecer una medida loable en pro de la preservación de nuestro patrimonio rural. Sin embargo, al profundizar en sus implicaciones, surgen interrogantes inquietantes”, señala.

“¿Cómo afectará esta ley a los pequeños y medianos agricultores que ya luchan por mantenerse a flote en un mercado cada vez más competitivo? La respuesta no es alentadora. Al restringir el uso de la tierra, estamos potencialmente limitando la capacidad de estos agricultores para adaptarse a las cambiantes demandas del mercado y a las presiones económicas”, advierte.

Señala, además, que esta nueva propuesta legislativa no llega sola, ya que se suma al reciente reavalúo de terrenos agrícolas dictaminado por el Servicio de Impuestos Internos. “Recordemos que el valor de la tierra agrícola no solo reside en su capacidad productiva actual, sino también en su potencial futuro. Las tasaciones agrícolas, como hemos visto en casos recientes, consideran una multiplicidad de factores: desde la calidad del suelo y el acceso a recursos hídricos, hasta la infraestructura y la tecnología implementada. Al imponer restricciones tan severas sobre el uso de la tierra, corremos el riesgo de devaluar significativamente estos activos rurales”, concluye.

Desde el mundo de la conservación, sin embargo, el proyecto suma apoyos. Diego Varela, fundador de Biósfera Austral,  considera positivo que el proyecto haya tomado como referencia las buenas prácticas que algunos desarrolladores ha estado implementando desde hace varios años.

En esa línea, en distintas columnas que ha publicado, destaca los “sistemas de convivencia, planes de monitoreo, fomento de la conservación y restauración privada, Derecho Real de Conservación (DRC) a perpetuidad y manejo de animales domésticos”.

“Es relevante la consagración del DRC y/o servidumbres recíprocas como una herramienta jurídica de peso para velar por el correcto cumplimiento de las diferentes normativas, como es el caso de destinar el 70% de la superficie de los predios para fines de conservación y actividades sostenibles”, finaliza.

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