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El arrendatario dispone de un periodo de 10 días para saldar la deuda pendiente o desocupar la propiedad de forma voluntaria. 

Por: Tomás Rodríguez Botto

Desde el año 2022 se encuentra vigente la Ley “Devuelveme mi casa”, que ayuda a las personas a recuperar sus viviendas en un tiempo récord, por motivos de no pago por parte del arrendatario o deudas de gastos comunes. Eso sí para realizar el trámite se requieren ciertos pasos y desembolsar ciertos gastos durante el procedimiento. 

Primero se debe notificar al ocupante, esta notificación debe ser emitida por un notario o un receptor judicial e incluir información específica sobre las razones de la misma y los plazos legales aplicables. 

Factores a considerar antes de construir en terrenos con pendiente

Además, Christian Rodiek, CEO Firma Virtual, agrega que, “el receptor de la notificación dispone de un periodo de 10 días para saldar la deuda pendiente o desocupar la propiedad de forma voluntaria. De no cumplir, se procede al siguiente paso que es la emisión de Orden de Desalojo, donde el propietario puede pedir al juzgado la ejecución del desalojo”. 

Este procedimiento se lleva a cabo por un receptor judicial, quien tiene la tarea de comunicar formalmente al demandado que debe entregar el inmueble. Este aviso por lo general se realiza en un plazo de cinco días hábiles.

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En caso que el arrendatario desiste de desalojar el inmueble el propietario puede solicitar al juzgado la intervención de la fuerza pública. 

Valeria Morillo, vocera de Comunidad Feliz, señala que, “ en el que se desaloja a una persona después de haber pasado por un proceso en el que tribunales dispone de la salida del ocupante”. 

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En relación al monto debe desembolsar el propietario para poder recuperar el inmueble, Rodiek, señala que “para realizar el lanzamiento el costo dependerá de la ubicación y tamaño de tu propiedad. El lanzamiento lo realiza un receptor judicial, esta gestión puede ser desde 500.000 hasta 800.000 aproximadamente”.

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