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La iniciativa contempla la creación del Fondo Nacional para la Vivienda y un sistema de ahorro previo que considera una bonificación estatal, equivalente al 3% del valor de la propiedad. El proyecto también establece aportes fiscales de hasta US$ 2.000 millones para financiar el nuevo instrumento.

Por Tomás Rodríguez Botto

La reforma al mercado de capitales que incorpora nuevas herramientas para financiar la adquisición de viviendas pasó al Senado, luego de que la Cámara de Diputadas y Diputados aprobara el proyecto el martes 27 de octubre. La propuesta considera la creación de un fondo habitacional y un mecanismo de ahorro destinado a facilitar la compra de una primera propiedad.

El texto, correspondiente al boletín 18.643-05, fue aprobado en general por 100 votos a favor, 35 en contra y una abstención. Su discusión continuará ahora en la Cámara Alta, como parte de su segundo trámite constitucional.

Uno de los principales componentes de la iniciativa es el Fondo Nacional para la Vivienda (Fonavi), que tendría una vigencia de diez años y buscaría canalizar recursos públicos y privados hacia el financiamiento habitacional. Su administración estaría a cargo de BancoEstado, bajo la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

El mecanismo contempla créditos para personas naturales que adquieran una vivienda destinada a uso habitacional, siempre que esta constituya su única propiedad al momento de recibir el financiamiento. El inmueble no podrá superar las 6.000 UF, incluidos un estacionamiento y una bodega, cuando ambos se compren en la misma escritura pública.

El proyecto establece, además, que el Ministerio de Hacienda podrá aportar hasta US$ 2.000 millones al fondo durante los 36 meses siguientes a la publicación de la eventual ley.

Ahorro de 30 meses y bonificación estatal

La propuesta incorpora un régimen de Ahorro Voluntario para la Vivienda (AVV), destinado a reunir el pie requerido para financiar la compra de una propiedad nueva o usada. El mecanismo considera un aporte equivalente al 10% del valor de la vivienda y podrá utilizarse una sola vez.

Las cuentas podrán ser administradas por bancos e instituciones financieras, administradoras de fondos de terceros, compañías de seguros de vida, cooperativas de ahorro y crédito y cajas de compensación.

Para acceder al beneficio, los aportes deberán mantener estabilidad en sus montos y realizarse de forma continua durante un período mínimo de 30 meses, contado desde el mes siguiente a la apertura de la cuenta.

Una vez alcanzada la meta de ahorro, el Estado entregaría una bonificación equivalente al 3% del valor de la propiedad. Para obtenerla, el titular o grupo familiar deberá contar con una cuenta de capitalización habitacional vigente en una institución autorizada, acreditar el período mínimo de ahorro —salvo las excepciones que establezca el reglamento— y demostrar el saldo efectivamente acumulado.

La iniciativa deberá continuar su tramitación en el Senado antes de que sus medidas puedan entrar en vigencia.

Fondo Nacional para la Vivienda

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