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El país presenta un parque total de viviendas construidas de 25,7 millones y 6,2 viviendas protegidas, que sería el equivalente a las viviendas sociales en nuestro país. 

Por: Tomás Rodríguez Botto 

Para entender el tema de vivienda en España, lo primero es señalar el parque total de viviendas construidas que alcanzan las 25,7 millones, de ese total 6,2 millones son viviendas protegidas, que sería el equivalente a las viviendas sociales en nuestro país.

De esas 6,2 millones de viviendas, solo quedan 380.000 quedan en manos de la Administración y de entidades del tercer sector o entidades con ánimo de lucro limitado. Esto quiere decir que prácticamente todas las viviendas se vendieron. 

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En ese contexto del país español, Javier Burón, abogado español y experto en mercado y políticas públicas de vivienda, señala que una de las técnicas que presenta su país es que, “la administración española no compra suelo, ni lo expropia. La administración española, cada vez que hay un proyecto urbanístico y hay operadores privados que van a actuar, recibe entre el 10 y el 20% de los derechos verificatorios de forma gratuita. ¿Por qué? Porque lo dice la Constitución. Artículo 47 de la Constitución del 78”. 

“Después, el producto que se haga encima de los suelos, públicos y privados, hechos de iniciativa pública o de iniciativa privada, por cualquier tipo de operador, hay unos requisitos de que cierto tipo de viviendas tienen que ser de ciertos precios, que los fija la administración. Un ejemplo con números, 1 m2 de suelo en venta en la ciudad de Barcelona ahora mismo tiene un precio medio, entre 4.500 y 5.000 euros, vivienda nueva construida. Y la vivienda protegida, que fija la administración cuál es el precio, está en 2.666 euros el m2”, agrega Burón. 

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En cuanto a los instrumentos públicos, privados y ambos juntos para poder hacer crecer el parque de viviendas de interés social, tiene como ejes principales, construir y una movilización de la vivienda vacía. En tanto la diversidad de tendencias, se encuentra el arriendo protegido, cooperativas en cesión de uso, donde hay ciudadanos dispuestos a hacer ellos el edificio, entero, por la mitad, todo. Siempre y cuando tengan acceso a un banco de suelos públicos donde no se pague por el suelo, además tengan un seguimiento técnico y acceso a financiación.  

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También están presentes las prácticas del derecho de superficie, donde la administración sigue siendo propietaria de los suelos y cede el uso a un tercero durante periodos de tiempo largos, entre 50 y 99 años. Además de propiedad temporal y compartida y la Masovería, “que son tejidos residenciales que no están en buen estado, donde las administraciones públicas que no tienen dinero para rehabilitarlas o no tienen todo el dinero necesario. Acuerdan con algunos ciudadanos que ellos rehabilitarán a su coste o parcialmente a su coste. Y el dinero que están adelantando para la rehabilitación es pago de futuros alquileres. Esto es un régimen no muy habitual pero que también se utiliza en España en estos momentos”, agrega Burón.

Derecho a la vivienda

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