El cual está destinado si la vivienda es adquirida mediante un crédito con garantía hipotecaria, ya sea con bancos o instituciones financieras.
Por: Tomás Rodríguez Botto
Un beneficio tributario para quienes adquieran una vivienda nueva, se puede obtener a través de la Ley Nº 21.631. Esto debido a que la ley otorga un crédito de 16 UTM mensuales entre los años 2024 y 2029, para la compra de una propiedad únicamente con destino habitacional y mediante un crédito con garantía hipotecaria con bancos o instituciones financieras.
En cuanto a sus requisitos, la ley señala que la vivienda adquirida se encuentre construida y con recepción final conforme a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley (01 de noviembre de 2023), sumado a que solamente es válido para una sola vivienda.
Eduardo Ricci, abogado de Negocios, de Cohlers + Partners, señaló que es importante “que se trate de la primera venta efectuada sobre ella, es decir, debe ser vivienda nueva; y la compraventa debe celebrarse a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley y la vivienda adquirida se encuentre inscrita a nombre de la persona beneficiaria en el Conservador de Bienes Raíces respectivo antes del 1 de octubre de 2024”.
Además, la vivienda debe ser adquirida por personas naturales con residencia o domicilio en Chile y no aplica para personas jurídicas como sociedades de inversión o inmobiliarias.
Por su parte, a la devolución del beneficio tributario podrán acceder los contribuyentes del impuesto global complementario y “las personas que perciban rentas de aquellas descritas en el número 1 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta”agregó Ricci.
En tanto, Rodrigo Andreucci, socio de Andreucci y Torrejón agregó que “debo acreditar que obtuve un crédito hipotecario con garantía sobre una vivienda nueva que cuenta con recepción municipal a más tardar el 1 de noviembre del 2023 y que se rebaje del monto a pagar en impuesto a la renta hasta 16 unidades tributarias mensuales (5 millones de pesos aproximadamente)”.
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