
Por: Romina Riquelme, abogada de ComunidadFeliz.
Hablar hoy en día de mallas de protección en los balcones, dejó de ser solo un debate superficial sobre alterar, o no, la fachada de la comunidad. Más bien se ha convertido en una necesidad básica de seguridad que debe estar presente en el hogar. Sin embargo, surge una duda habitual entre los copropietarios: ¿Por qué tengo que pedir autorización a la comunidad para instalar una malla de seguridad en mi unidad?
Esta interrogante la podemos dilucidar con la Ley 21.442, dado que hace una distinción entre los bienes comunes y bienes exclusivos. Dentro de estos últimos se encuentran los balcones y terrazas que, si bien son una extensión de la unidad y gozan de un derecho de uso y goce exclusivo, la ley los contempla como un espacio común (muros, estructura, piso y techumbre). En consecuencia, se requiere la aprobación de la comunidad para alterar la fachada con la instalación de la malla de seguridad.
Sin perjuicio de esta norma, no podemos dejar de considerar el derecho constitucional a la seguridad y a la integridad física y psíquica de las personas. Así como reflejo de esta prioridad fundamental, hoy por hoy, existe un proyecto de ley en discusión legislativa conocido como “Ley Valentín”, que busca establecer la instalación obligatoria de mallas u otros sistemas de seguridad en comunidades en altura.
Ahora bien, esperar a que una ley establezca una obligatoriedad para garantizar la seguridad de los residentes se puede considerar como una reacción tardía, por lo tanto, decidamos ser comunidades proactivas para resguardar el bienestar de todos los residentes. Mientras no se promulgue y publique esta ley en el Diario Oficial, la mejor forma de alinearnos a las normativas vigentes es regular explícitamente en el reglamento de copropiedad la instalación de mallas de protección, estandarizando su color y materialidad.
Administrar en los edificios y condominios aplicando la legislación ya es un trabajo complejo. Empero, el gran valor adicional radica en su capacidad de empatía y adaptabilidad a las necesidades de la comunidad. Gestionar los procesos para regular en el reglamento de copropiedad la instalación de mallas, fijando los estándares correspondientes, es el camino correcto que deben seguir administradores y miembros del comité para proteger a los residentes.