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Sobre el Oficio N°326 de la Secretaría Ejecutiva de Condominios y su sobreexigencia 

Por: Álvaro Ricardi Mac-Evoy, Socio Fundador SPM Administración, Organizador y Director de ExpoCondominios y Advisor de Tecnología para la Copropiedad.

A esto hay que ponerle atención. Si es que no se han enterado, la Secretaría Ejecutiva de Condominios envió una circular donde obliga a los administradores inscritos en el Registro Nacional a “vincular” sus comunidades, mediante el ingreso de una serie de datos que, a juicio de muchos, exceden tanto las obligaciones operativas habituales como los resguardos esperables, frente a la nueva ley de protección de datos próxima a entrar en vigencia.

Partamos de la base de que la Ley de Copropiedad, su reglamento y el reglamento del Registro Nacional, efectivamente establecen la obligación de informar ciertos antecedentes, así como también, se comprende la necesidad de avanzar hacia una mayor trazabilidad, formalización y transparencia del rubro.

El problema no está en registrar. El problema está en cómo, cuánto y bajo qué responsabilidad se está haciendo.

La misma normativa indica que la Subsecretaría podrá determinar qué información considera necesaria, pero también establece que la recolección de antecedentes de condominios debe realizarse a través de las Direcciones de Obras Municipales.

Entonces, cuesta entender por qué finalmente el administrador termina siendo el principal —y prácticamente único— responsable de recopilar, gestionar y subir información sensible de las comunidades. Y no me refiero solo de datos básicos.

Se solicita inscripción de copropiedad, reglamentos, contratos de prestación de servicios y otros documentos donde muchas veces aparecen individualizados honorarios, datos privados de empresas, firmas de integrantes de comité y antecedentes sensibles tanto de administradores como de terceros.

Todo esto, además, sin demasiada claridad pública respecto al estándar de almacenamiento, tratamiento, acceso y resguardo de dicha información. Es ahí donde aparece una inquietud legítima.

Y es que una cosa es avanzar hacia un rubro más profesional y transparente, y otra distinta es trasladar responsabilidades complejas al administrador sin una estructura clara de respaldo, criterios proporcionales o garantías suficientes respecto al uso futuro de esos datos.

Incluso podríamos cuestionar sobre ¿en qué otros mercados profesionales observamos un nivel similar de exposición operativa?. No se trata de negarse a las regulaciones ni de resistirse a las obligaciones. La mayoría entendemos que el rubro necesita avanzar, profesionalizarse y ordenar muchas malas prácticas históricas.

Pero hoy profesionalizar no puede significar transformarse únicamente en agregar nuevas cargas, nuevas responsabilidades y nuevos riesgo, para quiénes ya operan en un sistema altamente exigido.

A la fecha el administrador no solo administra. También coordina, comunica, contiene conflictos, interpreta normativas, responde jurídicamente, enfrenta presión financiera y ahora además debe transformarse en gestor documental del Estado, bajo riesgo de sanción.

Y ahí es donde vuelve una conversación que hemos puesto varias veces sobre la mesa: ¿Todas estas nuevas exigencias realmente están construyendo un rubro más profesional y transparente?; ¿o simplemente seguimos sumando obligaciones sobre un sector con poca representatividad y escasa capacidad de incidencia?

En definitiva, profesionalizar un rubro no debería significar únicamente exigir más, también debería significar proteger mejor a quienes lo ejercen.

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