fbpx
  • Síguenos:
2 julio, 2025 /

Ley 21.442 y las atribuciones del comité: El poder conlleva responsabilidades

Por: Álvaro Ricardi Mac-Evoy, Socio Fundador SPM y Administración Organizador ExpoCondominios.

El comité de administración es, en teoría, la piedra angular de la democracia en los condominios: una instancia creada para representar a los propietarios, colaborar con el administrador y tomar decisiones clave sobre el rumbo de la comunidad. Sin embargo, en la práctica, se transforma en todo lo contrario, en un actor improvisado, mal preparado y desinformado.

Con la entrada en vigencia de la Ley 21.442, el comité ganó más atribuciones y peso operativo. Hoy puede autorizar reparaciones, firmar contratos, definir presupuestos e incluso remover al administrador, pero con poder sin preparación, los riesgos aumentan. Y eso es exactamente lo que estamos viendo en terreno.

La mayoría de los comités se eligen sin ningún tipo de filtro técnico, muchas veces en asambleas con baja participación. Basta levantar la mano para entrar y no se exige experiencia, formación o una comprensión básica de lo que implica el cargo. A los pocos días, están tomando decisiones sobre contratos de mantenimiento, liderando conflictos con residentes o evaluando presupuestos millonarios desde el celular, mientras manejan o en una reunión donde el primer foco es conversar de la vida.

Esto no es caricatura ni tampoco una crítica, es el día a día, en cientos de comunidades en Chile. Desde la vereda de la administración, trabajamos constantemente con comités bien intencionados, pero que desconocen los alcances de sus atribuciones y que actúan más por intuición que por planificación.

Algunos se convierten en “fiscalizadores” obsesivos, otros se desentienden completamente y delegan todo sin criterio. En los casos más complejos, se transforman en pequeños feudos con agendas personales que frenan proyectos claves para la comunidad, y ojo, que esto también es tierra fértil para administraciones de dudosa ética y prácticas.

¿Dónde quedó la lógica colaborativa que debería regir esta relación? En la práctica, el administrador termina haciendo de mediador, educador, gestor de crisis y, a veces, rescatista institucional. Esto, porque muchas decisiones erradas del comité no se ven en el corto plazo, pero sus efectos se acumulan: mantenciones postergadas, inversiones mal dirigidas, conflictos escalados, trabajadores maltratados y proveedores desmotivados.

Y aquí la pregunta es incómoda pero necesaria: ¿podemos seguir validando que personas sin ningún tipo de formación técnica, jurídica o financiera estén decidiendo sobre el futuro de activos inmobiliarios de cientos o miles de millones de pesos?…

No se trata de eliminar los comités, al contrario, se trata de fortalecerlos desde la formación, el acompañamiento y el marco normativo. Si la ley les entregó poder, el sistema debió entregarles herramientas. Es hora de profesionalizar también a quienes representan a los propietarios, porque sin comités sólidos, la administración se debilita y la convivencia decae.

En el fondo, no se trata de quitarles el poder, sino de darles el conocimiento, porque solo así dejarán de ser una junta improvisada y podrán convertirse, al fin, en verdaderos líderes de sus edificios. Nuestro rol será apoyarlos y asesorarlos en el manejo de su comunidad.

Los comentarios están cerrados.

También puede interesarte


En Inmofest 1º Vivienda puedes cumplir el sueño de la casa propia