
La normativa estatal prohíbe utilizar antecedentes de procesos judiciales entre arrendadores e inquilinos para negar una solicitud de vivienda. Una investigación determinó que una firma de Brooklyn recurrió a estos registros entre 2019 y 2025.
Por Tomás Rodríguez Botto
En Nueva York, los propietarios y administradores de viviendas no pueden rechazar una solicitud de arriendo debido a que el postulante haya participado anteriormente en un proceso judicial con otro arrendador. La prohibición está vigente desde 2019 y volvió a quedar en evidencia tras una investigación que terminó con un acuerdo entre la Fiscalía General del Estado y una inmobiliaria de Brooklyn.
El 18 de septiembre, la fiscal general de Nueva York, Letitia James, anunció un acuerdo con Brooklyn High Rise LLC, luego de determinar que la empresa utilizó antecedentes de tribunales de vivienda durante sus procesos de selección de arrendatarios.
De acuerdo con la investigación, entre el 15 de julio de 2019 y el 5 de septiembre de 2025, la compañía obtuvo antecedentes judiciales de algunos postulantes a través de informes elaborados por un proveedor externo de evaluación de arrendatarios. En ese período, 203 personas fueron rechazadas ilegalmente debido a la información contenida en sus registros judiciales.
La legislación que regula esta materia corresponde al artículo 227-f de la Ley de Bienes Raíces de Nueva York, incorporado en el marco de la Housing Stability and Tenant Protection Act de 2019.
La norma establece que un propietario no puede negarse a arrendar una vivienda porque una persona haya participado en un proceso judicial anterior o vigente con un arrendador. Esto incluye, por ejemplo, casos relacionados con falta de pago, procedimientos de desalojo o acciones iniciadas por un arrendatario para exigir reparaciones en una vivienda.
Además, la legislación establece una presunción en contra del propietario cuando se acredita que este solicitó o revisó antecedentes de tribunales de vivienda y posteriormente rechazó la solicitud. En ese escenario, corresponde al arrendador demostrar que la decisión se basó en otro motivo permitido por la normativa.
La investigación contra Brooklyn High Rise comenzó en mayo de 2025, después de que la Fiscalía detectara que la empresa continuaba solicitando informes de evaluación de postulantes que incluían antecedentes sobre litigios entre propietarios e inquilinos.
El acuerdo obliga a Brooklyn High Rise a modificar sus procedimientos de selección, dejar de solicitar antecedentes de tribunales de vivienda y retirar de sus formularios las preguntas relacionadas con historial judicial y antecedentes penales. También deberá capacitar a sus agentes y trabajadores sobre las normas de selección de arrendatarios y vivienda justa.
Las personas que solicitaron una vivienda a través del sitio web de la compañía y que retiraron su postulación o recibieron un rechazo entre enero de 2020 y diciembre de 2025 podrán solicitar la devolución de los montos.
El caso se suma a otras acciones de la Fiscalía General de Nueva York. En octubre de 2025, la autoridad alcanzó un acuerdo con Parkchester Management, propietario de viviendas en el Bronx, después de determinar que utilizó antecedentes de tribunales de vivienda para rechazar solicitudes de arriendo.
La Fiscalía también cuenta con un mecanismo para que los residentes denuncien casos en que un propietario les haya rechazado una vivienda debido a un proceso judicial previo con otro arrendador.