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10 septiembre, 2022 /

¿Es posible subarrendar en Chile?

En Santiago más de 4 mil personas viven en está condición, ya que el subarriendo está permitido por ley en nuestro país, salvo que ambas partes acuerden lo contrario vía contrato. 

Por: Tomás Rodríguez B. 

En Chile es frecuente la condición de subarrendatario ya que está permitido según la legislación. Para que esto no ocurra, debe quedar estipulado en el contrato de arriendo que firman ambas partes, donde se debe señalar en las cláusulas que está prohibido subarrendar. 

Por lo general en las cláusulas se estipula el uso exclusivo para vivienda. Por ejemplo, en estos apartados se pueden fijar con claridad la duración del contrato en el caso que sea por 12 meses y las condiciones para una futura renovación; también la posibilidad de terminar el contrato anticipadamente, multas que pueden suceder respecto a daños en el departamento o morosidad; el inventario con el que contaba la propiedad antes del arriendo, y; el mes de garantía, que es un herramienta para proteger al dueño ante cualquier inconveniente, daño o arreglo del inmueble. 

es importante delimitar en los contratos el uso específico para que no se transforme en un negocio y perjudique el cuidado de la vivienda

En cuanto a la posibilidad de subarrendar hay que contar con el permiso del propietario, ya que se le deben a este, las razones por las cuales se quiere subarrendar, a la vez se le deben entregar los nombres y direcciones de las nuevas personas que vivirán en la propiedad y la duración del subarriendo. Es importante considerar que el pago de los impuestos en estos casos no se verán afectados.  

Dada la alta demanda, actualmente se encuentra una moción parlamentaria en la Ley de Subarriendo de Piezas. Donde el artículo 2 señala que: 

  1. Los inmuebles sólo se pueden subarrendar de manera parcial y previo consentimiento del arrendador. 
  2. De acuerdo al inciso anterior, para poder realizar el subarriendo, se necesitará el consentimiento del propietario del inmueble, además del permiso de la municipalidad y SII. 
  3. Al producirse un subarriendo debe existir un contrato, entre el arrendador y el arrendatario, y al mismo tiempo otro entre el arrendatario y el subarrendador, este expirará al momento del que el primero mencionado lo haga. 
  4. El arrendador puede cobrar al subarrendador como máximo la tasación del inmueble y esto será 25 por ciento, es decir que es el arrendatario no podrá ganar más que el arrendador 
  5. Cada municipio contará con un área de subarrienda, que contendrá el informe de cada una de los inmuebles que se encuentren en esta condición.

Finalmente y de cara al aumento de la migración y las alzas importantes del arriendo y las propiedades, es importante delimitar en los contratos el uso específico para que no se transforme en un negocio y perjudique el cuidado de la vivienda, y la convivencia dentro de la comunidad.

3 respuestas a “¿Es posible subarrendar en Chile?”

  1. YANNINA GUERRERO dice:

    tengo un arrendatario que Sub arrienda parte de la propiedad cómo local de comidas.
    Puedo desalojarlo?
    Tengo que hacer una demanda?
    Tengo que darle plazo para que desaloje?
    Quedo atenta.

  2. Javiera Gonzalez dice:

    Si ambos le pagan al mismo arrendador entonces no es subarrendamiento. Podría ser subarrendamiento parcial si esa persona te paga a ti como subarrendadora. Además de que tendrían que haberlo pactado previamente.

  3. Silvia dice:

    Compartir arriendo, es decir, pagar un arriendo entre dos personas, ¿se considera SUBARRENDAR?

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