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6 julio, 2023 /

El subsidio clase media para construcción de Viviendas entrega variadas opciones

Este beneficio estatal está destinado para la construcción de una vivienda de hasta 140 m2, ya sea en un sitio propio o en un terreno, donde ya existe otro inmueble.

Por: Tomás Rodríguez Botto

El subsidio clase media para la construcción de viviendas, es un aporte económico para levantar una residencia de hasta 140 m2, en un sitio propio o en un terreno donde ya existe otra vivienda y está dirigido para personas mayores a 18 años, que sean parte del Registro Social de Hogares (RSH).

Respecto a las características base, cada proyecto debe contar con al menos tres recintos, que consta de un baño, estar-comedor-cocina y un dormitorio.

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Además, existen tres tramos para acceder al beneficio: el tramo I, se debe tener un ahorro mínimo de 30 UF y está destinado para hogares hasta el 60% del RSH y hasta el 90% para adultos mayores; el tramo II, considera un ahorro mínimo de 40 UF y pertenecer al 80% del RSH, y; el tramo III, donde se requiere un ahorro mínimo de 80 UF y para hogares hasta el 90% del RSH.

Los requisitos para poder postular a este beneficio son acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad de un año mínimo, también se debe demostrar que el ahorro exigido esté depositado en la cuenta para la vivienda, antes del último día del mes anterior a la postulación.

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Sumado a todo lo anterior, se debe pertenecer al Registro Social de Hogares y no superar el tramo de calificación socioeconómica que exige la alternativa de subsidio a la que se desea postular.

Por otra parte, también se debe acreditar la disponibilidad de un terreno mediante las siguientes alternativas, ya sea por medio de la inscripción del sitio a nombre de la persona que postula, como también la inscripción del sitio a nombre del grupo organizado, sitio a nombre de una cooperativa de la cual la persona que postule es socio.

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Asimismo se puede acreditar mediante un certificado emitido por el Ministerio de Bienes Nacionales, o igualmente, por la cesión de derechos inscrita del terreno a favor de la persona que postule.

Sin embargo, existen otras alternativas a tener en consideración a la hora de postular al subsidio que tiene que ver con la opción colectiva, donde el grupo debe tener mínimo dos integrantes y se debe postular a través de una entidad patrocinante.

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Mientras que en caso de densificación predial, que es la construcción de una vivienda en un terreno donde ya existe una, se necesita una inscripción de dominio en favor del propietario del terreno. Para esto se debe tener una autorización notarial, en que se establezca el compromiso de entregar el usufructo por a lo menos 15 años a la persona que postula.

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