El proceso comenzó oficialmente este lunes 15 de enero, con la publicación en el Diario Oficial del listado de titulares de derechos de aprovechamiento de aguas, que deben realizar el pago en la Tesorería General de la República.
Por: Redacción EDI
Este lunes 15 de enero se publicó en el Diario Oficial la resolución que fija el listado de derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patente por no contar con las obras de aprovechamiento para el uso de las aguas.
Se trata de un total de 5.864 derechos de aprovechamiento de aguas, tanto consuntivos (agua que se usa y no se devuelve al cauce) como no consuntivos (agua que se usa y luego retorna al cauce), que en forma conjunta deberán cancelar aproximadamente 157 mil 734 millones de pesos. Del total, los derechos consuntivos corresponden a 567.119 litros por segundo, mientras que los derechos no consuntivos representan mayores caudales con 22.336.558 litros por segundo.
“Más allá de la recaudación monetaria, como ciudadanos no debemos olvidar que el objetivo de esta patente es que las personas hagan uso de sus derechos de aprovechamiento de aguas, o bien, que renuncien a ese derecho que no utilizan, a fin de que retorne al Estado para eventualmente disponer de él y otorgarlo con prioridad para consumo humano, establecer una reserva sobre dichas aguas o incluso volver a otorgarlo”, explicó Jessica López, ministra de Obras Públicas.
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Cabe señalar que este año disminuyeron levemente los numerales afectos al cobro de patentes en 55 derechos, ya que han ido instalando las obras de captación y haciendo uso de las aguas, o bien por la aplicación de las exenciones establecidas en la Ley 21.435 de 2022. Por lo tanto, el monto devengado de este año es menor en 42 mil millones de pesos respecto al 2023.
Por su parte, Rodrigo Sanhueza, director general de Aguas del MOP, agregó que “en el listado 2024 fue posible identificar que para un total de 949 derechos no se cuenta con información sobre su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces, y para regular ello, la reforma al Código de Aguas estableció un plazo para cumplir con dicho trámite, el cual expira el 6 de abril de 2025 paras las y los usuarios en general, y el 6 de abril de 2027 para las y los usuarios INDAP, por lo que la invitación es a que se acerquen a los Conservadores de sus respectivas comunas para realizar la inscripción en el CBR”. Indicó además que, para los nuevos derechos de aprovechamiento de aguas, es la propia DGA la que procederá con la inscripción conservatoria conforme al artículo 150 del Código de Aguas.
La patente por no uso se determina en base a la inexistencia de obras asociadas al uso del agua o a aquellas obras que no tienen la capacidad para extraer la totalidad del caudal otorgado en el derecho de aprovechamiento de aguas, aplicándose a aquellos derechos de aprovechamiento de aguas cuyos titulares no han construido estas obras necesarias para la captación y conducción de las mismas. Es decir, que no utilizan o utilizan parcialmente los derechos de aprovechamiento de aguas otorgados.
De esta manera el Seremi de Obras Públicas Yanino Riquelme González puntualizó que, “El Ministerio de Obras Públicas y en conjunto con la Dirección General de Aguas DGA inició el proceso de pago de patente por no uso de aguas, en la región de Valparaíso el cobro asciende a más de 4 mil millones de pesos, con 279 derechos, lo importante es señalar el buen uso del aprovechamiento de agua y quien no lo esté utilizando lo devuelva para que el Estado se haga cargo; de esta manera, seguiremos trabajando para asegurar el abastecimiento hídrico de la región”, dijo el seremi
Para todos estos efectos debe recordarse que la obligación de incorporar un derecho de aprovechamiento de aguas en la resolución que fija este listado, recae en la Dirección General de Aguas, y ante cualquier cambio o actualización de la situación constatada, es el propio titular del derecho quien debe recurrir mediante un recurso de reconsideración contemplado en el artículo 136 del Código de Aguas, cuyo plazo este año vence el 26 de febrero.
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Recaudación de fondos
El pago de estas patentes implica la recaudación de fondos para el fisco, los que posteriormente son repartidos entre el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) de cada gobierno regional (65%); los municipios, en proporción a la superficie de las comunas donde sea competente el Conservador de Bienes Raíces en cuyo registro figuren las inscripciones respectivas (10%), y los fondos fiscales generales (25%).
Cabe señalar que lo recaudado por la Tesorería General de la República por concepto de patente por no uso de derechos de aprovechamiento de aguas, para el proceso de cobro 2023, correspondió a un total efectivo de 30 mil 972 millones de pesos, aproximadamente.
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El pago debe hacerse ante la Tesorería General de la República durante el mes de marzo y en caso de no pagar la patente, se iniciará un proceso de cobranza judicial que podría derivar en el remate del derecho.
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