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9 noviembre, 2023 /

Contraloría inicia auditoría por falta de resguardo municipal del campo Dunar de Concón

Fue el pasado 5 de marzo donde el parlamentario realizó una presentación ante el ente contralor aludiendo a un incumplimiento de la Ordenanza sobre Protección del Santuario de la Naturaleza Dunar de la Punta de Concón por parte del municipio de la comuna.

Por: Renato Herrera Lagos 

La Contraloría inició una auditoría relacionada con la gestión y manejo del Santuario de la Naturaleza Dunar de la Punta de Concón, así lo informó a la Municipalidad de Concón, a la Seremi del Medio Ambiente de la región de Valparaíso, y al diputado Andrés Celis Montt, quien a principios de marzo pidió esta acción al ente contralor, para determinar si el municipio conconino está dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza sobre protección, aprobada por medio del decreto alcaldicio N° 1.613, de 2021, debido a las situaciones detectadas en sus visitas al sitio, que dan cuenta que dicha área no está siendo resguardada.

Sobre este punto el Diputado Andrés Celis (RN) comentó que “visité varias veces durante el último tiempo el sector y constaté una serie de situaciones que dan cuenta que este importante Santuario no está siendo resguardado como corresponde. Hay un uso indiscriminado de tablas de arena, arrendadas por comerciantes que se instalan a vista de todos, en circunstancias que dicha actividad se encuentra expresamente prohibida”.

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“Por otra parte, se habilitó un sendero de uso público para alcanzar la cima de las dunas, sin ningún tipo de supervisión, autorización ni planificación, alterando la configuración actual del lugar. Asimismo, existe gran cantidad de basura en la superficie, es posible apreciar residuos, desperdicios y hasta escombros en el lugar generando un daño ambiental de magnitud. También, hay personas que suben las dunas con medios de transporte infantiles lo que no está permitido, porque el ingreso debe ser a pie. Y finalmente, es posible ver mascotas que pasan horas en el lugar con sus dueños lo que está prohibido de manera expresa por la ordenanza.”, sentenció Celis Montt.

El parlamentario advirtió que, “Son todas situaciones graves que van en desmedro del santuario de la naturaleza y que ameritaban una fiscalización del ente contralor, que así lo entendió al ordenar esta auditoría, toda vez que es deber del municipio fiscalizar el cumplimiento de la Ordenanza que contempla la conservación y protección de todos los componentes ambientales encontrados en el campo dunar.”

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La norma en cuestión, en su artículo Nº 9 detalla las actividades que no se pueden realizar en el campo dunar, distinguiendo entre las acciones que se prohíben en relación al ingreso al Santuario, en relación con la flora y fauna del lugar, recursos culturales y arqueológicos, actividades recreativas, obras e infraestructura. Además, la ordenanza dispone que la fiscalización de esta norma corresponderá a Carabineros, Inspección Municipal y la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato estableciéndose los cursos de acción a seguir.

Celis Montt recalcó que “Hay incumplimientos por parte de la municipalidad que radican en que no se han fiscalizado acciones que se realizan de manera permanente y que están dañando el lugar, y con ello están infringiendo la Ordenanza sobre Protección del Santuario de la Naturaleza Campo Dunar de la Punta de Concón, cuyo objetivo es que se mantenga en buenas condiciones en el marco del resguardo del medio ambiente y de la flora y fauna del lugar y demás recursos naturales que éste contempla. Y resulta esencial que la Municipalidad de Concón de estricto cumplimiento a la normativa vigente, ejerciendo todas las medidas tendientes a proteger el campo dunar de Concón en el marco de una fiscalización eficiente y responsable.”

La Contraloría informó a la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la región de Valparaíso y al municipio de Concón del inicio de la auditoría a las acciones realizadas por ambos y les dio un plazo de 10 días hábiles para entregar los antecedentes solicitados respecto de la gestión y manejo del Santuario de la Naturaleza “Campo Dunar de la Punta de Concón”.

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¿Cómo define la OGUC una zona de riesgo?

El campo dunar de Concón constituye un Santuario de la Naturaleza y conforma uno de los 56 Sitios Prioritarios de la Región de Valparaíso. Sitios que están reconocidos en la Estrategia Regional de Biodiversidad (ERB) y que cuenta con la mayor diversidad de flora y fauna del sistema dunar de Chile, litoral de Chile incluyendo especies nativas y endémicas en categorías de conservación, que además es uno de los escasos remanentes de una biota altamente singular de este hábitat; lo que sustenta el interés para la ciencia y para el Estado.

Según la sección #DatoGPS de GPS Property Partner, tras los socavones que ocurrieron en los edificios de la V Región, conocer sus principales definiciones es clave para estar al día sobre eventuales catástrofes naturales, climáticas o hechas por acciones humanas.

La publicación de la empresa de asesoría e intermediación inmobiliaria, por definición y según el Artículo 2.1.17 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC), “son aquellas que por su especial naturaleza y ubicación no son susceptibles de edificación”.

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Las zonas de riesgo se determinan como, zonas inundables o potencialmente inundables, debido a la proximidad de lagos, ríos, esteros, quebrados, cursos de agua no canalizada, napas freáticas o pantanos. Zonas propensas a avalancha, es decir, expuestas a rodados, aluviones o erosiones acentuadas y zonas con actividad volcánica, como ríos de lava o fallas geológicas.

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