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19 agosto, 2025 /

Comités de administración de edificios y  condominios podrían emitir certificados de residencia      

Esto sería así en caso de avanzar un proyecto que busca “facilitarle la vida a los vecinos en cada una de sus comunas y sectores”.

Por Leonardo Núñez

En la comisión de Vivienda y Urbanismo de la Cámara de Diputados se encuentra esperando para iniciar su primer trámite constitucional, un proyecto de ley que busca habilitar a los administradores de edificios o condominios emitir certificados de residencia.

La iniciativa presentada por el legislador Tomas Lagomarsino (Indep-PR), es apoyada por sus pares Cristián Araya; Juan Fuenzalida; Tomás Hirsch; Cosme Mellado; Rubén Dario Oyarzo; Marcela Riquelme; Jorge Saffirio; Marisela Santibáñez y Héctor Ulloa.

En Chile existen dos leyes que norman la convivencia en los barrios: Ley Nº 19.418 sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias y la Ley N.º 21.442 sobre Copropiedad Inmobiliaria.

Y es precisamente la última que los legisladores buscan modificar con su moción, en la que califican como “órgano clave”, al comité de administración, que es “elegido por la asamblea de copropietarios y con funciones claramente establecidas en la ley, ejecutar los acuerdos de la asamblea, recaudar gastos comunes, velar por el mantenimiento de espacios comunes y representar a la comunidad en actos jurídicos”.

“En este sentido, mientras la junta de vecinos es una organización comunitaria voluntaria y amplia, el comité de administración es un órgano obligatorio y necesario para la operatividad de la copropiedad. La primera busca articular socialmente a un territorio y colaborar con la municipalidad en el desarrollo local, el segundo gestiona y administra bienes comunes con foco en la buena convivencia y la eficiencia económica del condominio”, agrega el proyecto.

Modificación a la Ley Nº21.442 de Copropiedad Inmobiliaria

Por otro lado, explica que “en la actualidad, acreditar domicilio es un requisito esencial para múltiples trámites y derechos básicos. La inscripción escolar de niños y niñas, la postulación a beneficios sociales, la apertura de cuentas bancarias, la celebración de contratos de servicios y hasta la presentación ante tribunales requieren contar con un medio idóneo para demostrar residencia efectiva en un determinado lugar. Sin embargo, para muchas familias que habitan en copropiedad, esta tarea se convierte en un verdadero obstáculo”.

Es por ello que se propone subsanar esta omisión con una modificación a la Ley Nº21.442 de Copropiedad Inmobiliaria al agregar un inciso final al artículo 17 que reconozca expresamente la facultad del Comité de Administración para emitir certificados de residencia a solicitud de los copropietarios u ocupantes del condominio”, añade el documento.

El diputado Lagomarsino aseveró que “con este proyecto de ley que hemos presentado junto a otros diputados y diputadas buscamos habilitar a los comités de administración de los condominios de todo tipo, incluyendo los sociales, a que puedan emitir los certificados de residencia para facilitarle la vida a los vecinos en cada una de sus comunas y sectores”.

Se espera que el presidente de la Comisión de Vivienda y Urbanismo, diputado Juan Fuenzalida (UDI), ponga en tabla la iniciativa para comenzar su tramitación.

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