Restricciones impuestas en los planes reguladores y por parte de la SEREMI de Salud, son el principal problema para la construcción de bodegas.
Por: Tomás Rodríguez Botto
La superficie industrial disponible en el Gran Santiago para construir bodegas en terrenos con carácter “molesto” o “peligroso”, llegó a menos de un 10%. Donde la demanda se concentra principalmente en las fábricas, pero también con un fuerte impulso por parte de las empresas logísticas o grandes retailers.
Cambios normativos o nuevas regulaciones más rigurosas han provocado una escasez de este tipo de suelo para construir. Sumado, a las restricciones impuestas en los planes reguladores y por parte de la SEREMI de Salud.
Mathieu Meot, líder de brokerage industrial de Cushman & Wakefield, compañía global de servicios inmobiliarios corporativos, señaló que “ante regulaciones más estrictas, las empresas tienen que verificar o usar un due diligence más extenso sobre los suelos y las bodegas, para asegurar que cumplan con los requisitos que establece la circular B32/2020 del Ministerio de Salud, que instruye a las SEREMI de salud del país, criterios técnicos para la calificación de actividades productivas e infraestructura”.
En esta línea, el ejecutivo precisó que hasta el 50% de las empresas con las que trabajan tienen categoría de “molestas” o “peligrosas”.
En cuanto a que se refieren ambas categorías, en el caso de la categoría molesto, se señala a materias primas o productos terminados que pueden ocasionalmente causar daños a la salud o la propiedad. Mientras que peligroso, consta de materias primas, productos intermedios o finales, o bien acopio de los mismos que pueden llegar a causar daño de carácter catastrófico para la salud o la propiedad, en un radio que excede los límites del propio predio.
Por su parte, Meot agregó que muchas empresas no están enteradas de este tema, ya que están dedicadas a su operación, mientras las normativas inmobiliarias se van ajustando con el tiempo: “Las renovaciones de los contratos de bodegas se producen cada 5 ó 10 años, entonces para una empresa que arrendó una bodega en 2019 y recién tendría que renovarla en 2029, no estaría enterado de la nueva normativa, publicada durante la vigencia de su contrato”.