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30 diciembre, 2023 /

En qué consisten los seguros de espacios comunes para las comunidades habitacionales 

Más del 35% de edificios en Chile no cuenta con estas pólizas, donde en Santiago, la cifra de condominios que no cuentan con estos seguros asciende al 40%.

Por: Tomás Rodríguez Botto 

El seguro de Espacios Comunes es obligatorio de acuerdo a la Ley 19.537 de Copropiedad Inmobiliaria, el cual establece que se deberá asegurar las viviendas de un condominio de departamentos, pero que también abarca casas, oficinas y locales. Eso sí, nuestro país aún mantiene más del 35% de edificios que no cuenta con estas pólizas, donde en el Gran Santiago, la cifra de condominios que no cuentan con estos seguros asciende al 40%.

Los seguros obligatorios para condominios cumplen la función de proteger los espacios colectivos que forman parte de la comunidad y deben cumplir una serie de requisitos establecidos en la ley 21.442. 

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Según indica Ricardo Quezada Botto, gerente Comercial de Unnio Seguros Generales, las comunidades de edificios son responsables de “la administración y mantenimiento de los espacios comunes -fachada, escaleras, ascensores, jardines, entre otros- los que como cualquier estructura están expuestos a riesgos, como por ejemplo incendios o sismos, en los que pueden ocurrir algún accidente causando daños personales o materiales”. 

Es importante hacer un correcto cálculo respecto, ante eso Quezada, señala que “por ejemplo si una comunidad tiene contratada una póliza para espacios comunes por 200 millones de pesos que cubre ante incendio, pero se produce un siniestro de gran magnitud que asciende a un costo de 250 millones de pesos, significa que el cálculo de la cobertura necesaria fue insuficiente y en este caso es la comunidad la que tendría que asumir esos $50 millones de diferencia”.  

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Por su parte, Andrés Valenzuela, gerente de Edifito Seguros, señala que, “por lo general, las pólizas independientemente del tamaño del riesgo tienen contratados capitales asegurados “estándares”, que no siempre reflejan el valor real de la cobertura”. 

En cuanto a las coberturas, que es de carácter obligatorio, Quezada, comenta que “las comunidades están expuestas a diversos riesgos, es por eso que el mercado asegurador hoy en día ofrece coberturas adicionales para otros tipos de daños que pueden ser producidos por sismos, inundaciones, responsabilidad civil, entre otros; que, si bien no son obligatorios, son necesarios”.

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