El proyecto impulsado por el Gobierno ha generado inquietud en el sector, sin embargo los expertos llaman a ser optimistas respecto a cómo se irá moviendo el mercado inmobiliario, pese a la incertidumbre por la nueva reforma.
Por: Tomás Rodríguez Botto y Renato Herrera Lagos
Desde la anunciada Reforma Tributaria, son muchos los sectores que analizaron el real impacto que tendrá esta nueva iniciativa de gobierno. Para los expertos, la oportunidad se mantiene pero hay que identificar el detalle que se verá en la posición del inversionista tanto en la tabla de contribuyentes como en la dinámica de arrendadores y arrendatarios.
El sector ha percibido que existen algunas normativas de la reforma que podrían ser un buen indicador, por ejemplo: encontramos la que elimina la exención del pago de impuesto por los arriendos percibidos de viviendas DFL-2. En la actualidad, los contribuyentes pueden deducir de su impuesto a la renta (global complementario) la ganancia para dos propiedades.
Un reciente informe del Observatorio del Contexto Económico (OCEC) de la Universidad Diego Portales, señala que un 23,1% del total de los hogares en nuestro país sería beneficiado con esto último, aunque señala también que solo el 45,1% de este grupo pertenece al segmento de clase media.
Otro de los aspectos a considerar por los expertos, es que la reforma permitiría a una persona deducir de su base de impuestos anuales el gasto efectuado en la cancelación de su arriendo, teniendo un tope de hasta $450 mil mensuales. Este factor, beneficiaría a los tramos más bajos del impuesto a la renta a quedar exentas. El impuesto de segunda categoría se paga sobre los $770 mil mensuales.
En general las fuentes consultadas observan que los arriendos siguen siendo una buena alternativa para prevenir un ingreso estable de cara al futuro: “desde el punto de vista de la oferta inmobiliaria, vemos menores permisos de edificación y el replanteamiento de la ejecución de proyectos, lo que incide negativamente en la disponibilidad de inmuebles. Si a ello se suman tasas de interés más altas y la tendencia inflacionaria, entonces menos potenciales compradores tienen acceso a la vivienda”, explicó Alejandro Guzmám, docente de inversión inmobiliaria de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile.
Para Sebastián Huddson, socio de Póliza Gestión Inmobiliaria, el escenario donde se elimina la exención por rentas de viviendas DFL-2 debe ser uno de los hitos más llamativos del enunciado gubernamental, ya que “asumiendo que la gran mayoría de los inversionistas hormiga tienen ingresos menores a los $4 millones mensuales, los ingresos por concepto de arriendo deberán soportar una mayor carga de tributación”.
“Sin embargo, no debieran incrementar su renta de forma sustancial y se mantendrán tributando dentro de los cuatro primeros tramos del global complementario que va desde una 0% a un 13,5%, lo que no presentará una gran variación en la tasa de capitalización de los departamentos, pero sí los hace menos atractivos como inversión”, explicó.
Matías Godoy, Ingeniero Comercial y director de Educación Financiera en Ruvix, indica que el actual mercado inmobiliario cree que son más los perjuicios que beneficios de implementación de la reforma. El profesional indica que “el único beneficio que se me viene a la mente es que ahora con esta reforma, las personas podrán descontar de su global complementario el arriendo que pagan por una vivienda”.
Para José Miguel Cárdenas, Director Comercial, círculo inversionista, el escenario en el rubro inmobiliario por la Reforma Tributaria lo observa de manera pragmática. “Si usted es propietario de un inmueble y lo arrienda, dicha renta se tratará de un ingreso, y por ende, se sumará a su base imponible. Es decir, pagará impuestos por esa renta de acuerdo al tramo del impuesto global complementario aplicado a la tasa que le corresponda”.
Uno de los aspectos que la mayoría de los entrevistados indicó, señala que, si la reforma se redacta en la manera y tenor que se ha presentado, será un desastre para el segmento de “inversionistas hormigas”, que adquirieron propiedades con apalancamiento y compras de unidades DFL 2 antes del 2010.
Respecto al pago de impuesto a los ingresos de arriendo a los propietarios, en la actualidad sólo las rentas de arriendo de amoblados están afectas al impuesto global complementario o también conocido como impuesto adicional, si son obtenidas por personas naturales. En el caso de corresponder a viviendas acogidas al DFL2, estas se encuentran exentas de impuestos. Para Cárdenas, “En el nuevo escenario no habrá beneficio al DFL2 y los ingresos percibidos por arriendo se sumarán al global complementario”.
Deja una respuesta