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7 septiembre, 2024 /

Minvu anuncia modificación de reglamentos para incorporar zonas de riesgos en los Planes Reguladores

La nueva reglamentación llega en momentos en sólo en el Gran Santiago seis de cada 10 comunas están cambiado sus Instrumentos de Planificación Territorial.

Por Leonardo Núñez

En medio de una alta incertidumbre por el encarecimiento de la vivienda, el sobrestock y la dificultad de acceder a financiamiento, los desarrolladores inmobiliarios deberán considerar nuevas regulaciones surgidas a última hora para elaborar sus proyectos de edificación de viviendas.

Mientras los datos del “Barómetro Normativo“, un informe de la consultora AGS Visión Inmobiliaria, indican que seis de cada 10 (62%) comunas del Gran Santiago están modificando —con distintas fases de avance- sus planes reguladores comunales, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) informó esta semana que desarrolló una nueva propuesta para modificar la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones OGUC.

Esto, con el fin de incorporar  nueva reglamentación que defina con mayor “precisión” las áreas de riesgo que deberán contener  los planes reguladores actuales y futuros, que también son conocidos como Instrumentos de Planificación Territorial.

La razón de este cambio, según Minvu,  es que “hoy existe una caracterización anticuada de las áreas de riesgo en este tipo de instrumentos, las que además no incorporan las experiencias recogidas en diversas catástrofes, en especial las derivadas de los últimos terremotos y maremotos, incendios forestales, inundaciones y fenómenos aluvionales que han afectado al país”.

“En el contexto de la emergencia climática, el foco principal de esta propuesta está puesto en la seguridad de las personas, de manera que se sepa con precisión y anticipación cuáles son los terrenos amenazados por riesgos que pueden dar lugar a una catástrofe”, señaló el ministro Montes.

En esa línea, el jefe ministerial agregó “queremos evitar exponer a la población a las negativas consecuencias de tales catástrofes, y para ello queremos que los planes reguladores digan con precisión dónde no se debiera construir, dónde están las zonas seguras, por qué vías se puede evacuar a la población y qué medidas de mitigación se deben adoptar”.

Por áreas de riesgo se entenderán aquellos territorios amenazados, en los que, por seguridad, se prohíben las urbanizaciones, edificaciones o la división del suelo, o se establecen restricciones para emplazarse en esas áreas, según el nivel de peligrosidad. Estas áreas de riesgo se definirán en los planes reguladores, en sus distintos niveles o ámbitos de aplicación: comunal, intercomunal o metropolitano, y en los planes seccionales.

De acuerdo a distinto analistas, los contantes cambios en regulación del desarrollo inmobiliario, pueden frenar las intenciones de algunos inversionistas para materializar nuevos proyectos.

Más información sobre la nueva regulación en este link: https://rb.gy/csoh96.

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