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4 abril, 2023 /

Operación Renta del Año Tributario 2023 para bienes raíces

Maximiliano Cereceda Almarza

CEO de Emprende Inteligente

Con la llegada de la Operación Renta del Año Tributario 2023, es de vital importancia que los propietarios de bienes raíces sepan cómo tributan las ganancias obtenidas en el negocio. Una de las cosas importantes a considerar son los ingresos que provienen de la enajenación de los bienes raíces.

Desde este año tributario, si al vender uno o más bienes raíces obtienes una ganancia superior a las 8.000 UF, te corresponde pagar impuesto por el mayor valor obtenido, es decir, la diferencia entre el precio de venta del bien raíz y su costo. El problema radica en cómo se calcula el mayor valor obtenido en la enajenación y la norma hace referencia al “Costo” de la adquisición.

¿Cómo se calcula este costo? Se calcula en base al valor de adquisición de la propiedad junto con las mejoras “debidamente acreditadas” hechas al inmueble. ¿Cómo se acreditan estas mejoras? Se hace mediante una presentación de una Declaración Jurada de Mejoras de Bienes Raíces, esto de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 20.780.

Lo Clave es el llenado de esta declaración jurada, dado que contempla muchos detalles como: descripción específica de la propiedad, especificación de las mejoras las cuales pueden ser nueva construcción, ampliación o remodelación. También obras complementarias como piscinas, pavimentos exteriores, cobertizos, entre otros.

Además, hay que incluir documentos de respaldo que acrediten las obras tales como: recepciones definitivas, regularizaciones, permisos de edificación u otro documento municipal que acredite la ejecución de las obras, así como también se deben acreditar los desembolsos incurridos para realizar estas mejoras. En este caso se pueden acreditar mediante boletas, facturas, boletas de honorarios, entre otros.

El tema de acreditar las mejoras hechas a los inmuebles se torna especialmente relevante, cuando lo que se adquiere es un terreno con el fin de construir una casa y luego hacer la ganancia, o bien, adquirir un terreno, construir, vivir un par de años y luego venderla. Muchos contribuyentes no se preocupan de ir acreditando las mejoras hechas al inmueble en los tiempos y formas establecidas en la ley y luego al vender terminan pagando más impuestos de los que deberían.

La recomendación es cada vez que se compra un sitio con el fin de construir y luego vender, o bien, cuando haga una mejora considerable a su inmueble, asesorarse antes con un experto en derecho inmobiliario o bien con su contador amigo, dado que a futuro podría terminar pagando mucho más impuesto del que realmente le correspondía pagar.

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